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17/03/2023 | Agro - Regionales

Por la sequía, el Gobierno Nacional homologó la emergencia agropecuaria en Córdoba

Ya está firmada la resolución que homologa la declaración de emergencia y desastre agropecuario por la sequía en la provincia de Córdoba.

Hace exactamente un mes, autoridades provinciales habían presentado el pedido de homologación de la declaración de emergencia agropecuaria por sequía dispuesta por el decreto provincial N°136/23.

A través de la resolución 290/2023, que este viernes se publicaría en el Boletín Oficial, el Gobierno Nacional declaró finalmente el estado de emergencia y/o desastre agropecuario para un área de más de 800.000 hectáreas, que abarca el sur del departamento San Justo, norte de Marcos Juárez y Unión y noroeste de General San Martín.

La medida alcanza, a todas las explotaciones agrícolas, forestales y frutihortícolas desde el 1° de enero y hasta el 30 de junio de 2023. En tanto, que desde desde el 1° de enero y hasta el 31 de diciembre de 2023, incluye a todas a las explotaciones ganaderas, tamberas y apícolas afectadas por la sequía en las zonas que han sido delimitadas utilizando el criterio de polígonos geo-referenciados, conforme el Anexo Único del Decreto Provincial N° 136/23.

A los efectos de poder acogerse a los beneficios que acuerda la Ley N° 26.509 y sus modificatorias, conforme con lo establecido por su Artículo 8°, los productores afectados deberán presentar un certificado extendido por la autoridad competente de la provincia, en el que conste que sus predios o explotaciones se encuentran comprendidos en los casos previstos en dicho artículo.

Precisamente, para gozar de los beneficios emergentes de la ley, los productores comprendidos en las zonas de emergencia agropecuaria deberán encontrarse afectados en su producción o capacidad de producción en por lo menos el cincuenta por ciento (50%); mientras que, los productores comprendidos en las zonas de desastre deberán encontrarse afectados en su producción o su capacidad de producción en por lo menos un ochenta por ciento (80%).

Concretamente, la homologación nacional amplía los beneficios que otorga la declaración de Emergencia provincial como es el caso de la prórroga o exención impositiva, y el acceso a distintas herramientas crediticias que se puedan implementar desde las bancas oficiales.

En este sentido, las instituciones bancarias nacionales, oficiales o mixtas y Afip deberán arbitrar los medios necesarios para que los productores comprendidos en la resolución gocen de la asistencia financiera y de las medidas impositivas especiales previstas en los artículos 22 y 23 de la Ley N° 26.509.

A los efectos de la efectivización de estos beneficios, el Gobierno Provincial deberá remitir a la Secretaría Técnica Ejecutiva de la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios el listado de los productores afectados, acompañando copia del certificado de emergencia emitido por la autoridad provincial competente.


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